EN 24H
- Baja Maternidad INSS (19 / 32 sem. 100%)
- Baja Paternidad INSS (19 sem. 100%)
- Alta Bebé en Seguridad Social + CAP
- Ayuda 100 €/mes Hacienda (Modelo 140)
Guía práctica actualizada en 2026 y contratación directa con Dña. Neus Solé Teba (Graduada Social Colegiada n.º 4957): conoce el orden exacto de cada papel tras el parto o encarga hoy mismo tus expedientes de prestación por nacimiento en el INSS (19 semanas general / 32 monoparental al 100%), inscripción del recién nacido en la Seguridad Social, tarjeta sanitaria y abono de 100 €/mes (Modelo 140 AEAT) enviando solo una foto desde tu smartphone.
Pensado para ambos progenitores: prestación de maternidad (19 sem. INSS) + prestación de paternidad (19 sem. INSS) + inclusión del recién nacido en Seguridad Social + guía CAP + solicitud de 100 €/mes en la AEAT (Modelo 140).
Diseñado para un único progenitor: reconocimiento del permiso monoparental de hasta 32 semanas en el INSS + alta sanitaria del bebé en TGSS + orientaciones de tarjeta sanitaria + cobro mensual de 100 € en Hacienda.
Gestión integral para partos múltiples en pareja: prestaciones de ambos progenitores con semanas adicionales + altas de los dos recién nacidos + pago único del INSS por parto múltiple + doble deducción (200 €/mes AEAT).
Cobertura completa para familia monoparental múltiple: permiso monoparental ampliado por gemelos o mellizos + inscripción sanitaria de ambos bebés + subsidio especial de parto múltiple + 200 €/mes en Agencia Tributaria.
Presentación individual de la prestación económica por nacimiento de la madre (19 semanas cobrando el 100% de la base reguladora sin retención de IRPF) con comprobación previa del certificado de empresa.
Registro telemático del permiso por nacimiento del otro progenitor (19 semanas al 100% de la base reguladora libre de IRPF) ante la Seguridad Social, tanto en modalidad ininterrumpida como dividida por periodos.
Graduada Social Colegiada n.º 4957
Me llamo Neus Solé Teba, soy Graduada Social ejerciente (Colegiada n.º 4957 en el Ilustre Colegio Oficial de Graduados Sociales de Barcelona) y responsable de la gestoría online especializada en trámites de nacimiento BBTramit. A diario vemos cómo pequeños desajustes entre las fechas comunicadas por la empresa y la solicitud presentada al INSS provocan requerimientos que congelan durante semanas el ingreso de la prestación.
Por eso combinamos en esta página toda la información paso a paso con nuestra tramitación directa como representantes colegiados: sin necesitar certificado electrónico ni Cl@ve, nos mandas las fotografías de tu documentación por el móvil, cuadramos tus periodos y bases de cotización y registramos cada solicitud en menos de 24 horas laborables enviándote los justificantes oficiales.
Leímos la guía estando aún ingresados y contratamos el Pack de 89€ con el móvil. Al día siguiente ya teníamos en el correo los justificantes de las dos prestaciones del INSS, el alta del niño y los 100€ de Hacienda.
Mi empresa había puesto mal el último día del tramo obligatorio en el certificado. El equipo de Neus lo vio al instante antes de enviarlo al INSS y nos salvó de que nos paralizaran el pago.
Con dos bebés en casa no teníamos cabeza para pelearnos con Cl@ve ni con el subsidio especial de parto múltiple. Les mandamos las fotos por WhatsApp y en menos de 24 horas estaba todo presentado.
La mayoría de retrasos no ocurren porque el trámite sea imposible, sino porque falta un documento, las fechas no cuadran o la empresa no ha emitido bien el certificado. Revisa la tabla o contrata directamente su gestión online:
| Trámite | Cuándo hacerlo | Documento clave | ¿Lo puede gestionar BBTramit? |
|---|---|---|---|
| Inscripción del bebé en el Registro Civil | Normalmente desde el hospital en las primeras 72 h; si no, ante Registro Civil en el plazo legal. | Certificado médico / declaración de nacimiento / DNI de progenitores. | No suele ser delegable: el hospital o los progenitores deben promover la inscripción. |
| Certificado literal de nacimiento | Cuando el nacimiento ya conste inscrito. | Certificado literal o justificante registral. |
Lo revisamos y utilizamos para iniciar el resto de gestiones.
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| Comunicación a la empresa | Antes o justo después del nacimiento. | Fechas de disfrute del permiso y certificado de empresa. |
Auditamos fechas y documentación aportada para evitar incoherencias.
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| Prestación por nacimiento y cuidado de menor | Tras el nacimiento y con documentación completa. | DNI, certificado de nacimiento, certificado de empresa y cuenta bancaria. |
Sí. Presentación telemática del expediente de ambos progenitores ante el INSS.
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| Alta del bebé en Seguridad Social | Después de la inscripción del nacimiento. | Datos del bebé y titular asegurado. |
Sí. Incluimos al recién nacido como beneficiario de asistencia sanitaria en TGSS.
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| Tarjeta sanitaria y pediatra | Tras el alta en Seguridad Social. | Documento de alta o reconocimiento del derecho a asistencia sanitaria. |
Facilitamos el documento de alta y guía paso a paso para tu comunidad autónoma.
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| Deducción por maternidad / abono anticipado | Cuando se cumplen requisitos (hasta los 3 años del menor). | Modelo 140, datos fiscales, cuenta bancaria y situación laboral. | |
| Ayudas autonómicas o tramos sucesivos | Según convocatoria o al dividir el permiso por periodos. | Certificado de empresa de cada tramo o solicitud autonómica. |
Sí, tramitamos cada periodo adicional de descanso cuando dividís el permiso.
|
Antes de solicitar la prestación por nacimiento, el alta del bebé en la Seguridad Social o la deducción por maternidad, prepara esta documentación. Tenerla ordenada evita requerimientos y pérdidas de tiempo (puedes enviárnosla mediante una simple foto desde el móvil):
| Documento | Para qué sirve | Consejo práctico |
|---|---|---|
| DNI, NIE o pasaporte de los progenitores | Identificación en solicitudes ante Seguridad Social, Agencia Tributaria y otros organismos. | Comprueba que no esté caducado y que los datos coincidan exactamente con los certificados. |
| Certificado literal de nacimiento o justificante registral | Acredita legalmente el nacimiento, la filiación y el nombre del bebé. | Si el hospital ha comunicado el nacimiento, espera a que conste inscrito antes de iniciar gestiones posteriores. |
| Certificado de empresa | Permite tramitar la prestación por nacimiento de trabajadores por cuenta ajena. | Las fechas comunicadas por la empresa y las solicitadas por el progenitor deben cuadrar en semanas completas. |
| Número de cuenta bancaria | Necesario para el pago de prestaciones o abonos anticipados. | Revisa el IBAN completo. Un error de un dígito puede retrasar el cobro. |
| Datos de afiliación a la Seguridad Social | Sirven para reconocer la prestación y dar de alta al bebé como beneficiario. | El bebé debe vincularse al titular asegurado correspondiente. |
| Documentación específica del caso | Puede hacer falta en monoparentalidad, parto múltiple, hospitalización, autónomos, pluriempleo o desempleo. | En estos casos es especialmente recomendable revisar la solicitud antes de presentarla. |
Este orden evita el clásico «me falta un papel» cuando ya estás en mitad de la prestación:
Revisa con la empresa el convenio, las fechas previstas del permiso, si habrá disfrute continuado o fraccionado y cómo se emitirá el certificado de empresa. Si hay baja médica, riesgo durante el embarazo o parto programado, conviene dejarlo hablado.
El hospital entrega o tramita documentación esencial: certificado médico (boletín amarillo), datos del parto y, en muchos casos, comunicación telemática al Registro Civil. Pregunta expresamente si el hospital hará la inscripción.
La inscripción acredita legalmente el nacimiento, la filiación y el nombre del bebé. Sin esta inscripción o certificado literal, el resto de trámites se complica o queda bloqueado.
El certificado de empresa debe reflejar correctamente la situación laboral y las bases de cotización. Si el permiso se disfrutará por tramos, cada tramo requiere coordinación con la empresa y preaviso.
La prestación sustituye a las antiguas bajas: puedes solicitar la prestación y baja de maternidad online ante el INSS y tramitar la baja de paternidad online en el INSS. En 2026 el permiso general es de 19 semanas para cada progenitor y de 32 semanas para familias monoparentales, al 100% de la base reguladora y exento de IRPF.
El bebé debe quedar incluido como beneficiario de asistencia sanitaria de uno de los progenitores o titulares. Este paso es el puente para poder solicitar la tarjeta sanitaria individual.
Una vez reconocida la asistencia sanitaria, la tarjeta se solicita ante el servicio de salud de la comunidad autónoma. Cada comunidad puede pedir documentos y pasos propios que te detallamos al tramitar el alta.
La deducción puede alcanzar 1.200 € anuales por hijo menor de 3 años si se cumplen los requisitos. Muchas familias la solicitan como abono anticipado mensual de 100 €/mes mediante el modelo 140.
El plazo real puede variar según la provincia, la carga administrativa y si el expediente entra completo (el INSS realiza el abono mensual a mes vencido el último día hábil de cada mes). Presentar bien la documentación desde el principio ayuda a evitar requerimientos:
Cuando el certificado de empresa, las fechas del permiso, los datos personales y el IBAN cuadran, el expediente suele avanzar sin requerimientos adicionales.
Un documento incompleto, una fecha mal comunicada o una situación laboral no aclarada puede hacer que la Administración pida información adicional y retrase el pago.
Autónomos, pluriempleo, desempleo, hospitalización, parto múltiple o familia monoparental requieren comprobar más detalles antes de presentar.
En estas situaciones aumentan los errores de fechas, documentación o interpretación de derechos. No son imposibles, pero sí conviene tramitarlas fino:
La normativa vigente reconoce 32 semanas en supuestos de monoparentalidad. Es importante acreditar correctamente la situación y revisar los trámites de nacimiento y permiso de 32 semanas para madres solteras y familias monoparentales.
Además de los trámites ordinarios, existen ampliaciones de descanso, doble abono de 200 €/mes y trámites y prestaciones especiales por nacimiento de gemelos o parto múltiple identificando a cada bebé.
La hospitalización del neonato tras el parto puede modificar el disfrute o ampliar el permiso hasta en 13 semanas adicionales en determinados supuestos. Guarda informes médicos y fechas exactas de ingreso y alta.
Hay que revisar cotización, situación de alta, declaración de situación de la actividad y la bonificación del 100% de la cuota de autónomos durante el descanso. El cálculo de la base reguladora difiere del régimen general.
Fraccionar puede ser útil, pero exige coordinación con empresa, preaviso de 15 días y la correcta comunicación de tramos adicionales del permiso de maternidad y paternidad en semanas completas.
Si hay varias empresas (pluriempleo), pluriactividad (autónomo + cuenta ajena), cambios recientes de contrato, cobro de prestación de desempleo (SEPE) o bases variables, conviene revisar todo antes de presentar.
La Administración puede aprobar el expediente, pero antes tiene que cuadrar todo. Estos fallos son los típicos que conviene evitar:
Las fechas comunicadas por el trabajador y las certificadas por la empresa deben coincidir. Si no, el expediente puede quedar en revisión.
Parece básico, pero pasa. Antes de presentar, revisa caducidades, nombres, apellidos, IBAN y documentos oficiales.
Los permisos por periodos requieren planificación. Presentarlos tarde o con tramos incorrectos suele complicar la prestación.
Respuestas pensadas para búsquedas reales de madres y padres justo antes o después del parto:
Los principales son: inscripción en Registro Civil, comunicación a la empresa, prestación por nacimiento y cuidado de menor, alta del bebé en Seguridad Social, tarjeta sanitaria, pediatra y deducción por maternidad si se cumplen requisitos. Según el caso puede haber ayudas autonómicas, empadronamiento, DNI, pasaporte o trámites por parto múltiple.
Normalmente necesitarás DNI o NIE, certificado literal de nacimiento o justificante registral, certificado de empresa si trabajas por cuenta ajena, datos bancarios y datos de afiliación. En autónomos, familias monoparentales, partos múltiples o hospitalización puede hacer falta documentación adicional.
No. En 2026 el permiso general por nacimiento y cuidado de menor es de 19 semanas para cada progenitor (Real Decreto-ley 9/2025). En familias monoparentales es de 32 semanas. La distribución concreta depende de la parte obligatoria, las semanas voluntarias, las semanas de disfrute flexible y los supuestos especiales.
Normalmente tras el nacimiento, cuando ya tienes la documentación necesaria y las fechas coordinadas con la empresa. Si la solicitud se presenta incompleta o con datos contradictorios, puede retrasarse.
No hay un plazo único válido para todos los expedientes (el INSS paga a mes vencido el último día hábil de cada mes). Depende de la carga administrativa, la provincia, el régimen laboral y de si la solicitud entra completa. Lo que más suele retrasar el cobro son los requerimientos por documentos incompletos o fechas mal coordinadas.
Depende del servicio, pero habitualmente se necesita DNI, certificado literal de nacimiento, datos bancarios, certificado de empresa y datos personales/laborales. Al contratar en esta página te indicamos qué enviar y cómo hacerlo online desde el móvil sin necesidad de certificado digital ni Cl@ve.
No. La inscripción del nacimiento debe realizarse por el hospital o por los progenitores ante el Registro Civil, según el caso. Nuestro equipo profesional colegiado te gestiona todos los trámites posteriores que dependen de esa inscripción.
No siempre. La deducción por maternidad puede aplicarse en la declaración de la renta o solicitarse como abono anticipado mensual (Modelo 140 AEAT) si se cumplen los requisitos. Conviene revisar la situación laboral y familiar.
Equipo profesional especializado en trámites de nacimiento (★ 5,0/5,0 por más de 2.610 familias). Contrata aquí mismo en 1 minuto desde la cesta, sube las fotos de la documentación desde tu móvil y recibe los resguardos oficiales en menos de 24 horas laborables.
Guía informativa elaborada con enfoque práctico y revisada por Dña. Neus Solé Teba (Graduada Social Colegiada n.º 4957). Antes de tomar decisiones, revisa siempre tu caso concreto y la normativa aplicable:
Confía los trámites del nacimiento de tu bebé SOLO a profesionales titulados y colegiados:
Dña. Neus Solé Teba · Graduada Social Colegiada nº: 4957